Situaciones de riesgo: Sexting
¿Qué es el sexting?
El sexting es la circulación de un contenido sexual a través de dispositivos
móviles como teléfonos celulares, tabletas, etc. Su nombre surge de la
combinación de las palabras en inglés sex (sexo) y texting (enviar mensajes de texto por teléfono celular). El término fue ampliando su significado conforme el avance tecnológico, y actualmente refiere al envío de imágenes y vídeos sexuales, de sí mismo o misma, no solo vía mensaje de texto sino, también, mediante mensajería instantánea, foros, posteos en redes sociales o por correo electrónico. De este modo, la imagen es enviada a uno o varios contactos que, a su vez, pueden reenviarla y comenzar la circulación web conocida como “viralización”, en comparación con lo rápido y fácil que se propaga un virus.
Características generales
La imagen enviada es, en muchos casos, obtenida de manera voluntaria por el emisor o quien lo filma/ fotografía. Esto quiere decir que la chica o el chico se toma la foto o se filma en un momento o actitud sexual o sensual adrede.(Pantallas Amigas, s.f.)
Los dispositivos tecnológicos con los cuales tomar las imágenes son indispensables en estos casos. Los principales medios usados son los teléfonos móviles, cámaras web y las tabletas.
El contenido filmado o fotografiado es de carácter explícitamente sexual.
Si bien el sexting existe tanto en jóvenes como en adultos, es una práctica de moda especialmente entre los adolescentes.
Principales causas
•La relación amorosa
•El contexto cultural
•Amenaza, chantaje, intimidación o persuasión
Características de los jóvenes y el sexting
•El uso
masivo de dispositivos móviles, principalmente teléfonos celulares, genera que, desde una corta edad, las chicas y los
chicos tengan acceso a la recepción y al envío de imágenes y vídeos.
•La
adolescencia tiene una relación directa con el despertar y la curiosidad
sexual. Por ende, la posibilidad de expresar deseos y fantasías sexuales
mediante la tecnología es parte de la lógica histórica de los jóvenes.
• La
insistencia en las comunicaciones, de la época
marcada por Internet, permite que las fotos o vídeos tomados sean enviados en el mismo momento, por el
dispositivo más cercano y fácil de usar.
•La
sensación de confianza y el poco temor hacia posibles riesgos, propios de la
adolescencia, acentúan las prácticas de sexting, ya que los jóvenes suelen
dejar fuera de su análisis los efectos a mediano plazo del envío de imágenes
privadas.
Daños a la integridad de la persona
•El sexting, al margen de consideraciones morales o legales por cuestión de edad, no supone un daño, pero sí puede tener asociados riesgos con graves consecuencias para quien lo practica que, en ocasiones, han provocado incluso el suicidio.
•El sexting es una práctica de riesgo que puede provocarte problemas: daños al honor y a la propia imagen; pérdida de intimidad y privacidad; sextorsión: personas que te chantajean por esas imágenes; ciberbullying: personas que te acosan, insultan y molestan; e Implicación en delitos de pornografía infantil si eres menor de edad.(Guía sexting, s.f.)
Posibles situaciones de sexting
Consecuencias del sexting
•Descontextualización de la situación
•Exposición
•Daño a la reputación web
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Riesgos derivados del sexting
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Formas de prevención del sexting
•La diferencia entre lo público y privado
•La idea de lo privado como propio
•La utilización de contraseñas seguras
•Tapar la cámara web mientras no es utilizada
•Tomar precauciones al utilizar la cámara web
•Pensar antes de enviar datos personales (fotos o videos con
contenido sexual)
•Realizar copias de seguridad y eliminarlas de cualquier
dispositivo
•Revisar que las fotos compartidas no contengan información
peligrosa en manos de terceros.
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Cómo actuar frente a la circulación de las imágenes de sexting
•No compartir
•Los adultos tienen la responsabilidad de inculcar prácticas
de respeto
•Denunciar, así como también asesoramiento legal para la
denuncia
•Recordar la importancia de reportar imágenes sexuales
•Para denunciar o bloquear contenido: www.convosenlaweb.Gob.ar
•Para asesoramiento legal enviar un correo a:
denunciasconvosenlaweb@jus.Gob.mx
Implicaciones legales
•Art. 189
•Según el artículo 189 del código penal, las
consecuencias van de tres meses a un año de prisión o con multa de seis meses a dos años.
•Art. 197.7
•Si te denuncian, es muy probable que seas juzgado por
un delito de descubrimiento y revelación de secretos del art. 197.7 del Código
Penal y además de una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a
doce meses tengas que realizar el pago de una indemnización por daños morales.
•Art. 202
•El artículo 202 del citado Código señala que comete
el delito de pornografía de personas menores de 18 años de edad, quien procure,
obligue, facilite o induzca, por cualquier medio, a realizar actos sexuales o
de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados,
con el objeto de video grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o
describirlos a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en
red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos
o sucedáneos. La pena es de 7 a 12 años de prisión y de 800 a 2,000 días de
multa.
¡Piénsatelo antes de enviar!
Decálogo para el sexting seguro
Reflexionando un poco...
no es confiable mandar imágenes de uno mismo a otras personas. Uno nunca sabe en que manos pueden terminar estas fotos. No se debe confiar en nadie. Esto es muy peligroso y puede tener consecuencias fatales. Muchas personas que han sido victimas de este fenómeno se han suicidado o han tneido que asistir a terapias para poder recuperarse. En conclusión, ¡No sexting!
Bibliografía
(s.f.). Obtenido de
http://www.sextingseguro.com/consejos-sextear-nudes-con-menos-riesgos/
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https://www.intramed.net/contenidover.asp?contenidoid=93210
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https://www.legalitas.com/actualidad/La-practica-del-sexting-tiene-consecuencias-legales
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https://www.proceso.com.mx/449121/sexting-puede-llevar-a-una-pena-7-a-12-anos-prision-alerta-inai
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https://mexico.justia.com/federales/codigos/codigo-penal-federal/libro-segundo/titulo-sexto/capitulo-iv/
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http://www.aequoadvocats.com/blog/blog/los-nuevos-delitos-de-sexting-y-stalking-en-el-codigo-penal
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https://mexico.justia.com/federales/codigos/codigo-penal-federal/libro-segundo/titulo-octavo/capitulo-ii/
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https://articulo19.org/el-sexting-es-libertad-de-expresion-no-un-problema-moral/
Guía sexting. (s.f.). Obtenido de
http://www.jus.gob.ar/media/2912910/guia_sexting.pdf
Pantallas Amigas. (s.f.). Obtenido de
https://www.pantallasamigas.net/pantallasamigas-sexting-informar-sensibilizar-empoderar/
Pantallas Amigas. (s.f.). Obtenido de
https://www.pantallasamigas.net/sexting/

















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